Última actualización: Noviembre 17, 2010 12:31
Solo deben inventariarse BIENES MUEBLES que pertenezcan al Estado Provincial, incluyendo lo recibido por subsidios o adquirido por excedentes de obras.
No deben incluirse los adquiridos por la Asociación Cooperadora con sus recaudaciones o los que esa entidad recibiera en calidad de donación.
Se deja constancia que esta oficina eleva directamente los registros patrimoniales a las direcciones de cada rama.
Formulario para dar de alta un mobiliario: Descargar
La baja de los bienes patrimoniales pueden realizarse por tres causas: por deterioro (pasan a la Asociación Cooperadora), por estar fuera de uso( transferencia a otro establecimiento), por robo.
En caso de dar de baja se debe aclarar el destino de los bienes muebles, con firma y sello original del/a Director/a del Establecimiento, en cada ejemplar.
Cuando se tratara de robo de bienes patrimoniales se debe elevar la siguiente documentación:
Formulario para dar de baja un mobiliario: Descargar
Nomenclador 2009: códigos de mobiliario Descargar
De no haber movimientos de ALTAS o BAJAS en un período, debe presentarse nota indicando que "no hubo movimiento" mencionado el período.
La Oficina de Patrimonio entregará copia de las Disposiciones emanadas de la Dirección General de Cultura y Educación por las actuaciones que correspondan.
Al 30 de septiembre de cada año, se realizará el ARF (Acta de Recuento Físico) formulario N°45, que deberá ser retirado y entregado en la mencionada oficina.
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